Resumen | |
[J] | Excedencia voluntaria y expediente de regulación de empleo. El excedente no tiene derecho a ser indemnizado.(publicado en Actualidad Diaria 901 el 27 de diciembre de 2006) |
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En los presentes autos el demandado había reclamado de las empresas para las que
trabajó y del Fondo de Garantía Salarial el reconocimiento a su favor de las indemnizaciones establecidas
en un expediente administrativo por el que se había declarado extinguida la relación laboral que le había
unido al grupo empresarial que se integraba dentro de la empresa Minas de Riotinto S.A. Concurría la
circunstancia de que el actor, cuando se produjo la resolución administrativa que dio lugar a la extinción de
su contrato, se hallaba en situación de excedencia voluntaria sin que hubiera transcurrido todavía el plazo
de la excedencia. En esta situación, si bien la sentencia de instancia desestimó su pretensión
indemnizatoria, la sentencia dictada en suplicación por la Sala de lo Social de Andalucía /Sevilla se la
concedió por medio de la sentencia que ahora es recurrida, que dictó con fecha 12 de mayo de 2005. | |
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